Derecho a la defensa en el procedimiento directo en delitos de tránsito


Abstract:

El tema de investigación planteado es original y de interés para la ciudadanía, por cuanto se establece como principal objetivo, el estudio de la vulneración del derecho a la defensa de las partes procesales que intervienen en el procedimiento directo en delitos de tránsito, debido a que los Jueces de la Unidad Judicial de tránsito de acuerdo a la ley ecuatoriana establecen un plazo máximo de diez días para que las partes procesales puedan recabar todo tipo de prueba para su defensa, al convocar a audiencia, este término es un tiempo muy corto para que las partes puedan recabar pruebas para presentarlas hasta un máximo tres días antes de la audiencia con lo cual se vulnera el derecho a la defensa tanto de la parte accionada como accionante. Al establecerse el plazo de 10 días para conseguir las pruebas es un tiempo muy corto para poder adquirirlas, dejando en la indefensión a las partes que no pudiendo realizar todas las diligencias necesarias para obtenerlas; por parte de los señores Jueces de Transito se debería establecer un término más amplio antes de convocar a audiencia de procedimiento directo para garantizar los derechos de las partes para que los mismo puedan contar con el tiempo suficiente para recabar prueba para hacer efectivo el derecho a la defensa.

Año de publicación:

2020

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    Tipo de documento:

    Other

    Estado:

    Acceso abierto

    Áreas de conocimiento:

    • Derecho penal

    Áreas temáticas:

    • Derecho penal
    • Derecho militar, fiscal, mercantil e industrial

    Contribuidores: