Efectos de la declaratoria de abandono de la causa por falta de comparecencia del actor a las audiencias establecidas en el Código Orgánico General de Procesos.
Abstract:
La presente investigación tiene como título, efectos de la declaratoria de abandono de la causa por falta de comparecencia del actor a las audiencias establecidas en el Código Orgánico General de Procesos, que tuvo como objetivos, analizar e identificar los derechos y garantías que los jueces transgreden al declarar el abandono de la causa por la inasistencia o retardo del actor a las audiencias en el escenario que asista solo su abogado patrocinador sin procuración judicial con cláusula especial para transigir, para así proponer una reforma al numeral uno del artículo 87 del Código Orgánico General de Procesos, y para lo cual, nuestro trabajo de investigación se llevó a cabo bajo un proceso centrado en el paradigma interpretativo, con un enfoque cualitativo, empleándose los métodos jurídico doctrinario, histórico jurídico y analítico sintético del contenido normativo, así como la aplicación del instrumento de recolección de información como la entrevista aplicada a abogados en libre ejercicio y a funcionarios judiciales de la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, Ecuador; igualmente el estudio de un caso laboral respecto a la inasistencia del actor a la audiencia única teniendo como consecuencia la declaratoria de abandono por parte del juzgador y el análisis jurisprudencial de las Sentencias de la Corte Nacional de Justicia y de la Corte Constitucional del Ecuador. Respecto de esta causa se concluyó que existe vulneración del derecho al debido proceso por parte de los jueces al declarar el abandono de la misma por cuanto el demandante no asistió a las audiencias estipuladas en referido cuerpo normativo al presentarse solo su abogado patrocinador sin procuración judicial con cláusula especial para transigir, por lo que se determinó la importancia de reformar el numeral uno del artículo 87 del Código Orgánico General de Procesos, con la finalidad de que se le permita a la parte actora solicitar al juez por una sola vez en un término de cinco días, que señale nueva fecha y hora para su comparecencia a la respectiva audiencia para que así tenga la oportunidad de ser escuchado y ejerza el derecho a su defensa, garantizando de esta manera el derecho al debido proceso.
Año de publicación:
2021
Keywords:
- ACCIÓN JUDICIAL
- AUDIENCIA
- DEBIDO PROCESO
- ABANDONO PROCESAL
- Derecho Procesal
Fuente:
Tipo de documento:
Other
Estado:
Acceso abierto
Áreas de conocimiento:
Áreas temáticas:
- Procedimiento y tribunales