El delito de estupro: análisis comparativo entre el código penal (1938) y el código orgánico integral penal


Abstract:

Desde 1938 en materia de estupro, como delito regía el Código Penal Ecuatoriano, pero el 10 agosto de 2014 se derogó este código, al promulgarse el Código Orgánico Integral Penal, este último considera cambios importantes en los elementos constitutivos del delito de estupro. El objetivo de este trabajo es realizar un análisis comparativo sobre el contenido entre el Código Penal y el COIP en relación al delito tipificado como estupro, para ello se revisó sus normas a fin de establecer las diferencias relativas al sujeto activo, sujeto pasivo y del bien jurídico tutelado. Sin embargo, no se encontraron cambios concernientes a estos elementos, pero si referentes a la cópula y los medios de ejecución, y su sanción; así la pena en caso del cometimiento del delito que anteriormente está tipificado de 3 meses a 3 años, en la actualidad estipula que será sancionada con 1 a 3 años; respecto a la forma y medio de ejecución del delito como es la seducción y engaño; en el anterior Código expresaba estos dos términos y en la actualidad segrega al término seducción, cuya omisión puede acarrear actos de impunidad a la hora de juzgar un hecho en el que esté involucrado este elemento, y en cuanto al verbo rector, deja de ser cópula y se establece actualmente como relación sexual.

Año de publicación:

2017

Keywords:

  • DELITO
  • Estrupo
  • Relacion Sexual
  • Derecho penal
  • Código Penal
  • Integridad Sexual

Fuente:

rraaerraae

Tipo de documento:

Bachelor Thesis

Estado:

Acceso abierto

Áreas de conocimiento:

  • Crimen
  • Crimen

Áreas temáticas:

  • Derecho penal