El derecho a la Libertad de Expresión y su interpretación por parte de la Superintendencia de la Información y Comunicación, análisis de la Resolución 001-DNGJPO-INPS, Caso Bonil


Abstract:

La libertad de expresión es un derecho humano, es un derecho constitucional, es un derecho con rango de ley orgánica y además se encuentra regulado por un Reglamento y por las resoluciones que la Superintendencia de la Información y Comunicación emita luego de respetar el debido proceso, en suma, esta es la normativa que acoge, el derecho a expresarse y opinar libremente. Por ende, como derecho humano, la libertad de expresión ha sido garantizada en su orden por: Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, en el artículo 66.6 de la Constitución de la República del Ecuador, en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Comunicación y para el caso concreto de estudio “Caso Bonil” en la Resolución 001-DNGJPO-INPS de la Superintendencia de la Información y Comunicación, la cual pone de manifiesto que existe una mutación del concepto del derecho a la libertad de expresión emitidas por Tribunales Internacionales, hasta el concepto que sobre este derecho mantiene el mencionado organismo de control.

Año de publicación:

2015

Keywords:

  • derechos civiles
  • derechos humanos
  • Abogado – Tesis y disertaciones académicas
  • Libertad De Expresion

Fuente:

rraaerraae

Tipo de documento:

Bachelor Thesis

Estado:

Acceso abierto

Áreas de conocimiento:

  • Comunicación
  • Derechos humanos

Áreas temáticas de Dewey:

  • Derecho constitucional y administrativo
  • Derechos civiles y políticos
  • Criminología