El derecho de la naturaleza a la restauración en el Ecuador


Abstract:

El principio reconocido como uno de los pilares fundamentales del Derecho Ambiental, es el principio del “Desarrollo Sustentable”, también conocido como “Desarrollo Sostenible”. Este principio se encuentra concebido por primera vez en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano, llevada a cabo en Estocolmo en el año 1972. A pesar de que no se establece una definición, ni se enuncia como tal, tenemos los principios 4 y 5 que textualmente dicen: “Principio 4: El hombre tiene la responsabilidad especial de preservar y administrar juiciosamente el patrimonio de la flora y fauna silvestres y su hábitat, que se encuentran actualmente en grave peligro por una combinación de factores adversos. En consecuencia, al planificar el desarrollo económico debe atribuirse importancia a la conservación de la naturaleza, incluidas la flora y la fauna silvestres. Principio 5: Los recursos no renovables de la Tierra deben emplearse de forma que se evite el peligro de su futuro agotamiento y se asegure que toda la humanidad comparte los beneficios de tal empleo.”1 (el subrayado es nuestro). Como podemos ver, en la declaración de Estocolmo, se plantea por primera vez la problemática existente entre la gran necesidad del ser humano de consumir recursos...

Año de publicación:

2012

Keywords:

  • DELITOS ECOLÓGICOS - ECUADOR
  • DESARROLLO SUSTENTABLE - ECUADOR
  • DERECHO AMBIENTAL - ECUADOR
  • RESPONSABILIDAD - DERECHO - CIVIL
  • CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES - ECUADOR

Fuente:

rraaerraae

Tipo de documento:

Bachelor Thesis

Estado:

Acceso abierto

Áreas de conocimiento:

  • Derechos humanos
  • Derechos humanos

Áreas temáticas:

  • Derecho
  • Economía de la tierra y la energía
  • Ecología