Análisis a las reformas de la ley del servicio exterior ecuatoriano con respecto a señalar colaboradores en las misiones diplomáticas, que no necesariamente sean funcionarios de carrera
Abstract:
De acuerdo a lo dispuesto por la Constitución de la República le corresponde al Jefe de Estado el manejo y dirección de las relaciones internacionales y del servicio exterior del Ecuador, y corresponde al Ministro de Relaciones Exteriores colaborar directamente con él al ser el órgano inmediato al mismo. El 26 de Enero del 2009 se aprobaron reformas propuestas por el ejecutivo sobre la reestructuración del servicio exterior, lo que generó cierta incertidumbre entre los funcionarios de carrera diplomática. Es importante conocer el valor de las funciones que desempeñan los representantes del servicio exterior y el rol que cumple la existencia de la carrera diplomática en el manejo de relaciones con otros países. El Estado debe promover la formación de funcionarios de alta calidad profesional especializados para el eficiente desempeño de sus funciones acorde al cargo para el que fueron designados. En el presente trabajo se realiza un análisis de conceptos y definiciones tanto jurídicas como doctrinarias en torno a las relaciones internacionales, incluyendo su importancia, origen y la necesidad de su existencia, diplomacia en general, el desarrollo de la carrera diplomática en Ecuador, su historia, y la creación de una institución que guíe a los futuros representantes instruyéndolos con conocimientos y cultura general. Es necesario mencionar aspectos históricos que denoten el origen, transformación y desarrollo de las relaciones internacionales y diplomáticas en el mundo y en el Ecuador dentro del Derecho Internacional Público, con el objetivo de denotar cual es su rol fundamental y cuál es el proceso evolutivo al que se hallan sujetos. Finalmente se realiza un análisis completo de las reformas a la Ley Orgánica del Servicio Exterior aprobadas el pasado enero del 2009. El estudio será complementado con conclusiones y recomendaciones a ser consideradas como una parte objetiva del Derecho Internacional Público. En lo referente al campo jurídico, se debe respetar y cumplir con lo establecido en las disposiciones legales y en caso de ser reformada la norma debe tener concordancia con la realidad que se vive en el país para su correcta aplicación, con el único objetivo de beneficiarlo e impulsar su desarrollo.
Año de publicación:
2015
Keywords:
- Ley Organica
- DIPLOMACIA
- DERECHO INTERNACIONAL
- Relaciones Internacionales
Fuente:

Tipo de documento:
Bachelor Thesis
Estado:
Acceso abierto
Áreas de conocimiento:
- Ciencia política
Áreas temáticas:
- Ciencia militar
- Relaciones internacionales
- Derecho de naciones