Incorporación de delito de femicidio a los delitos contra la inviolabilidad de la vida del Código Orgánico Integral Penal.
Abstract:
La tipificación del delito de femicidio en el Ecuador constituye una respuesta jurídica a una problemática social arraigada históricamente en la conciencia social de la población que ha construido una sociedad patriarcal sustentada en las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres. Los altos índices de violencia contra la mujer presentados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos del año 2011 reflejaban esta inaceptable realidad. Ante esta difícil situación, y en cumplimiento del marco Jurídico Internacional y las disposiciones emanadas de la Constitución de la República del Ecuador, la Asamblea Nacional aprueba el Código Orgánico Integral Penal que entró en vigencia el 10 de agosto de 2014, incorporando el delito de femicidio a los delitos contra la inviolabilidad de la vida, artículos 141 y 142 con el propósito de concienciar a la población sobre la crueldad de este delito, ofrecer seguridad jurídica, protección y prevención a las mujeres en condición de vulnerabilidad y sancionar adecuadamente la muerte de una mujer producto de las relaciones de poder y violencia de género.
Año de publicación:
2016
Keywords:
- TIPICIDAD
- Violencia De Género
- ECUADOR
- DELITO
- CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL
- FEMICIDIO
- AGRESIÓN
Fuente:

Tipo de documento:
Other
Estado:
Acceso abierto
Áreas de conocimiento:
- Género
- Derecho penal
Áreas temáticas:
- Derecho penal
- Criminología
- Salud y seguridad personal