La affectio societatis en los actos constitutivos de sociedades por acciones simplificadas.
Abstract:
La affectio societatis advierte dos supuestos: la voluntad que poseen las personas, naturales o jurídicas, de constituir una sociedad; y, el ánimo de permanecer activa y participativamente, y velar por el desarrollo de la sociedad formada. Este elemento ha sido desarrollado por la doctrina como requisito sustancial del contrato de sociedad; sin embargo, dicha calidad atribuida ha variado con el tiempo en razón del desenvolvimiento que se la ha otorgado en cada ordenamiento jurídico. Tal es el caso del régimen legal ecuatoriano, en el que la affectio societatis constituye un elemento subjetivo característico del contrato de naturaleza societaria, de modo que, pese a no ser exigido, es reconocida su existencia. Frente a la incorporación de la Sociedad por Acciones Simplificada, la cual se presenta como un tipo societario flexible que trae consigo la posibilidad de constituirse por acto unilateral, surge la interrogante respecto de la presencia o ausencia de este elemento (affectio societatis) en el referido acto unilateral. La comparecencia única del socio sugiere lo opuesto al ánimo de asociarse con otros. Para la obtención de la respuesta a tal planteamiento, se desarrollará a la affectio societatis, su origen, definición, y las posturas adoptadas por distintos tratadistas; y, a la Sociedad por Acciones Simplificadas, su incorporación, características y formas de constitución. Finalmente se entrará al análisis territorial de tales figuras y se determinará la existencia e influencia de la affectio societatis en el inicio y continuidad de la Sociedad.
Año de publicación:
2022
Keywords:
- LEGISLACION ECUATORIANA
- Derecho societario
- Ordenamiento Jurídico
- SOCIEDAD
- SUBJETIVO
Fuente:
Tipo de documento:
Other
Estado:
Acceso abierto