La banca : servicio público o de orden público.


Abstract:

La expedición de una nueva Constitución en el año 2008 trajo consigo diversos cambios, uno de los más relevantes fue el cambio de modelo económico pasando del social de mercado al popular solidario, estableciendo al ser humano como sujeto y fin de la economía garantizándole un ambiente armonizado entre sociedad, estado y mercado que conlleven a la consecución del buen vivir. Así con una nueva visión de la economía nacional el estado a través de la norma suprema le otorga a la actividad financiera la categoría de servicio de orden público. Esto hizo resurgir la antigua controversia jurídica de si los servicios financieros (específicamente la banca) son considerados servicios públicos o no, bajo el fundamento de que estas manejan recursos del público y se convierten en un servicio de interés colectivo y hasta para algunos una necesidad general. La problemática central de esta investigación se plantea en términos de la ubicación de la actividad bancaria si pertenece a la esfera de lo privado como ha sido tradicionalmente o de lo público como es la tendencia actual?. Se concluye que la Banca al manejar la confianza y recursos de los ciudadanos se convierte en un servicio de interés público no obstante al no poseer las cualidades esenciales un servicio público no puede ser catalogada como tal.

Año de publicación:

2017

Keywords:

  • Servicios públicos
  • SERVICIOS FINANCIEROS
  • Entidades Financieras
  • ACTIVIDAD BANCARIA
  • Derecho administrativo

Fuente:

rraaerraae

Tipo de documento:

Other

Estado:

Acceso abierto

Áreas de conocimiento:

  • Administración pública
  • Ciencia política

Áreas temáticas:

  • Derecho militar, fiscal, mercantil e industrial
  • Economía financiera
  • Comunicaciones