La unión de hecho en el ecuador


Abstract:

Resumen: La Constitución de la República reconoce el derecho a formar una familia en todas sus formas, dentro de estas se encuentra aquella unión estable y monogámica entre dos personas libres del vínculo matrimonial, que formen un hogar de hecho, que genera los mismos derechos y obligaciones que las familias constituidas en matrimonio, a esto se denomina jurídicamente unión de hecho y en la actualidad en Ecuador se encuentra protegida por la Constitución y el Código Civil. Al ser la unión de hecho una de las formas de convivencia más antiguas, reconocida en el Código de Hammurabi como concubinato y al estar protegida jurídicamente en la actualidad; se establece que sea celebrada en las Notarías y sea inscrita en el Registro Civil. Además, esta unión también puede ser disuelta ante un notario en el caso de que no existan hijos dependientes y ante el juez cuando existan hijos dependientes o no haya acuerdo para disolverla.

Año de publicación:

2020

Keywords:

  • Abogado.-
  • Unión de hecho.-
  • Derecho civil ecuatoriano.-

Fuente:

rraaerraae

Tipo de documento:

Bachelor Thesis

Estado:

Acceso abierto

Áreas de conocimiento:

    Áreas temáticas:

    • Derecho laboral, social, educativo y cultural