La vulneración del Derecho a la Defensa con la aplicación del Procedimiento Directo dictado en el Código Orgánico Integral Penal


Abstract:

La Constitución de la República del Ecuador que tiene una visión garantista indica de un Derecho Penal Mínimo, el que debe adaptarse a las leyes vigentes para su adecuación constitucional, lo que contradice el Código Orgánico Integral Penal. Las tendencias del Derecho Penal en la actualidad se manifiestan a través del garantismo y efectivismo que son corrientes opuestas pero manifestadas en el COIP. El presente trabajo intenta demostrar desde el punto de vista académico y profesional el posible daño que ocasiona la aplicación del Procedimiento Directo al Principio del Debido Proceso, consagrado no solo en la Constitución de la República, sino también en los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos suscritos por el Ecuador. Para conseguir esta pretensión se ha utilizado la investigación bibliográfica y la técnica investigativa de la entrevista. Del estudio realizado se concluye que la aplicación del Procedimiento Directo vulnera los literales b) y k) del numeral 7 del Artículo 76 de la Constitución. Con el propósito de interpretar los resultados se presentan tablas y gráficos estadísticos referentes a resultados de las entrevistas aplicadas. Por último, es necesario hacer hincapié en que, con este tipo de procedimiento especial se violenta la función del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Año de publicación:

2019

Keywords:

  • Constitución de la República
  • TRATADOS
  • Procedimiento Directo
  • Convenios
  • DERECHO A LA DEFENSA
  • CODIGO ORGANICO INTEGRAL PENAL

Fuente:

rraaerraae

Tipo de documento:

Master Thesis

Estado:

Acceso abierto

Áreas de conocimiento:

  • Derecho penal

Áreas temáticas:

  • Derecho penal
  • Derecho