Las compras de renuncias obligatorias originadas por la reforma al reglamento de la ley orgánica del servicio público, aprobadas mediante decreto ejecutivo 813 del año 2011 y sus efectos en la comunidad nacional


Abstract:

En el presente trabajo se analiza la figura de la “renuncia obligatoria” consignada en el Art. 8 del Decreto Ejecutivo 813, publicado en el Registro Oficial Suplemento Nº 489, del 12 de julio de 2011, y sus efectos en la desvinculación del personal de varias instituciones del Estado pertenecientes al: Ministerio de Salud Pública, Ministerio del Interior, Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, otras. Estos efectos provocaron la inmediata reacción de las centrales sindicales, Federación Provincial de Servidores Públicos de Pichincha (FENASEP) y la Confederación Nacional de Servidores Públicos (CONASEP), quienes presentaron ante la Corte Constitucional una demanda de inconstitucionalidad. Las abundantes fuentes de información que existen sobre este tema, por ser de conocimiento nacional e internacional, permitieron cumplir con los objetivos comprometidos: Por ejemplo, la letra k) del artículo 47 de la LOSEP, establece la existencia de las compras de renuncias con indemnización, pero no "obligatorias". Juristas, como Julio César Trujillo, aseveran que la renuncia de derechos es reconocida jurídicamente siempre que tal renuncia sea consentida libremente por el renunciante, pero cuando es obligada, se trata de un despido intempestivo. La investigación también recoge una síntesis del proceso aplicado por los afectados del Decreto 813 ante la Corte Constitucional reclamando su inconstitucionalidad, así como el de la redacción del proyecto de sentencia sobre la demanda elaborado por el Juez Roberto Bhrunis, a través del cual, el pleno de la Corte se declara no competente para revisar el tema, considerándolo que es atribución del Tribunal Contencioso Administrativo. El estudio realizado permite concluir que la figura de “compra de renuncias obligatorias” no existe en la normativa ecuatoriana, razón por la cual, el Art 8 del Decreto Ejecutivo 813, publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 489 de 12 de julio de 2011, es inconstitucional pues violenta el artículo 66 numeral 29, literal d) de la Constitución de la República del Ecuador, donde se establece que ninguna persona puede ser obligada a hacer algo prohibido o a dejar de hacer algo no prohibido por la ley; hecho que genera una imagen negativa de nuestro país frente a la comunidad nacional e internacional.

Año de publicación:

2015

Keywords:

  • Ley Organica
  • derechos humanos
  • DERECHO EJECUTIVO
  • EFECTO JURIDICO

Fuente:

rraaerraae

Tipo de documento:

Bachelor Thesis

Estado:

Acceso abierto

Áreas de conocimiento:

  • Administración pública
  • Ciencia política
  • Política pública

Áreas temáticas de Dewey:

  • Consideraciones generales de la administración pública
  • Otros problemas y servicios sociales
  • El proceso político
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Objetivos de Desarrollo Sostenible:

  • ODS 8: Trabajo decente y crecimiento económico
  • ODS 10: Reducción de las desigualdades
  • ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
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