Los derechos constitucionales en el debido proceso penal del sistema ecuatoriano
Abstract:
Artículo 77. En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las siguientes garantías básicas: 7. El derecho de toda persona a la defensa incluye: c) Nadie podrá ser forzado a declarar en contra de sí mismo, sobre asuntos que puedan ocasionar su responsabilidad penal.
Año de publicación:
2021
Keywords:
Fuente:

Tipo de documento:
Other
Estado:
Acceso abierto
Áreas de conocimiento:
- Derecho penal
Áreas temáticas:
- Derecho constitucional y administrativo
- Derecho penal