Los derechos humanos de los privados de libertad
Abstract:
La Constitución de la República del Ecuador, publicada en RO 449 de 20 de octubre de 2008, contempla, dentro de los grupos de atención prioritaria, a las personas privadas de libertad, a quienes, entre otros, se le reconoce el derecho a la atención de sus necesidades educativas, laborales, productivas, culturales, alimenticias y recreativas, al tenor de lo dispuesto en el Art. 51 de nuestra Carta Magna.
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Fuente:
googleTipo de documento:
Other
Estado:
Acceso abierto
Áreas de conocimiento:
- Derechos humanos
- Derechos humanos
Áreas temáticas de Dewey:
- Derechos civiles y políticos
- Instituciones penales y afines
- Derecho penal
Objetivos de Desarrollo Sostenible:
- ODS 16: Paz, justicia e instituciones sólidas
- ODS 10: Reducción de las desigualdades
- ODS 4: Educación de calidad