Los impuestos ambientales en el Ecuador y su incidencia en la recaudación tributaria en el periodo del 2012 al 2015.


Abstract:

En noviembre del año 2011 mediante la Ley de Fomento Ambiental se crean los impuestos ambientales, los cuales se empezaron a recaudar a partir del 2012, y se tomó como punto de referencia final al año 2015, siendo éste el periodo de análisis de los impuestos, el mismo que se realizó a través de herramientas como gráficos y fórmulas estadísticas, para lo cual se utilizan los datos obtenidos en las estadísticas multidimensionales puestas a disposición por la Administración Tributaria del país. En primer lugar, se encuentra el Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular, que grava la emisión de CO2 a la atmósfera por parte del uso de vehículos motorizados, considerando para el cálculo del impuesto anual el cilindraje y años de antigüedad, siendo éstos los dos criterios que determinan mayo tributo a medida que aumenta cada uno de ellos, lo cual a la vez constituye un incentivo para la adquisición de vehículos que consuman menor cantidad de combustible como efecto de un cilindraje bajo, y con motores de menor antigüedad y mayor tecnología que funcionen con mayor eficiencia y contaminen menos. Este impuesto lo pagan en su mayoría las personas naturales, es decir, que no son sociedades o compañías, y ha tenido mayor recaudación que el segundo impuesto ambiental, a pesar de que el descuento del impuesto a pagar, que tiene vigencia hasta el presente año, ha sido considerable, por lo que se espera un incremento notable en la recaudación del mismo en el año 2017, así como también se espera una disminución en la circulación de vehículos con mayor a 10 años de antigüedad, como efecto de la aplicación total del impuesto, y como sucedió a partir del 2013, lo cual es probable que haya sido consecuencia del establecimiento de este impuesto a la contaminación, sin embargo, esto se podría evidenciar con mayor certeza en el próximo año que rige la eliminación del descuento. El siguiente tributo ambiental es el Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas, que grava el embotellamiento de bebidas en botellas de plástico no retornables. La declaración y pago del impuesto se realiza mensualmente, y se ha establecido una tarifa de 0,02 centavos por botella, además, esta misma tarifa es objeto de devolución a personas que recolecten y entreguen este tipo de envases a determinados lugares especializados en el tratamiento o uso, fomentado que el deshecho de botellas plásticas deje de ser una causa contaminante, y se asegure el reciclaje de los mismos. Los análisis efectuados indican que generalmente se recauda el impuesto en la mayoría a sociedades a compañías, sin embargo por ser un impuesto indirecto, el valor del mismo es asumido por el consumidor final al momento de la adquisición de las bebidas en envases no retornables. Como dato relevante, los informes de recaudación indican que existe una mayor devolución que el impuesto a las botellas plásticas recaudado, es decir, se recolectan más botellas de las que se comercializan; la devolución del impuesto muestra buenos resultados ya que con el reciclaje promueve un ambiente libre de botellas contaminantes del entorno, no obstante, otros elementos contaminantes no están gravados con ningún impuesto.

Año de publicación:

2016

Keywords:

  • Recaudaciones
  • Administracion Tributaria
  • Política Fiscal
  • CONTABILIDAD

Fuente:

rraaerraae

Tipo de documento:

Bachelor Thesis

Estado:

Acceso abierto

Áreas de conocimiento:

  • Impuesto
  • Impuesto

Áreas temáticas:

  • Economía financiera
  • Finanzas públicas
  • Otros problemas y servicios sociales