Los maltratos de palabra y/o de obra inferidos por el empleador, sus familiares o representantes al trabajador, su cónyuge o conviviente en unión de hecho ascendientes o descendientes como causal de visto bueno


Abstract:

El Derecho laboral como una rama más del derecho, fue creado con el fin de regular las relaciones que surgen entre trabajadores y empleadores ya sea dentro del ámbito individual o colectivo y es así que el Legislador creo el Código de Trabajo como una herramienta jurídica capaz de normar los derechos, obligaciones y prohibiciones de las partes que conforman el vínculo contractual. Bajo esta orbita el presente trabajo investigativo se centra a realizar un estudio mediante el cual se pretende evidenciar que dentro del Código de Trabajo actual y específicamente entre los causales de visto bueno que regula en artículo 173 del C.T., no existe como causal cuando se den malos tratos de palabra o de obra al trabajador su cónyuge o conviviente en unión de hecho ascendientes o descendientes, y estos vengan por parte por el empleador, sus familiares o representantes, es por ello que es necesario que se legisle sobre este tópico que es muy frecuente en el ámbito laboral y dentro de la esfera privada.

Año de publicación:

2017

Keywords:

  • Visto Bueno
  • UNIÓN DE ECHO

Fuente:

rraaerraae

Tipo de documento:

Master Thesis

Estado:

Acceso abierto

Áreas de conocimiento:

  • Recursos humanos

Áreas temáticas:

  • Derecho laboral, social, educativo y cultural
  • Economía laboral