Los maltratos de palabra y/o de obra inferidos por el empleador, sus familiares o representantes al trabajador, su cónyuge o conviviente en unión de hecho ascendientes o descendientes como causal de visto bueno
Abstract:
El Derecho laboral como una rama más del derecho, fue creado con el fin de regular las relaciones que surgen entre trabajadores y empleadores ya sea dentro del ámbito individual o colectivo y es así que el Legislador creo el Código de Trabajo como una herramienta jurídica capaz de normar los derechos, obligaciones y prohibiciones de las partes que conforman el vínculo contractual. Bajo esta orbita el presente trabajo investigativo se centra a realizar un estudio mediante el cual se pretende evidenciar que dentro del Código de Trabajo actual y específicamente entre los causales de visto bueno que regula en artículo 173 del C.T., no existe como causal cuando se den malos tratos de palabra o de obra al trabajador su cónyuge o conviviente en unión de hecho ascendientes o descendientes, y estos vengan por parte por el empleador, sus familiares o representantes, es por ello que es necesario que se legisle sobre este tópico que es muy frecuente en el ámbito laboral y dentro de la esfera privada.
Año de publicación:
2017
Keywords:
- Visto Bueno
- UNIÓN DE ECHO
Fuente:
Tipo de documento:
Master Thesis
Estado:
Acceso abierto
Áreas de conocimiento:
- Recursos humanos
Áreas temáticas:
- Derecho laboral, social, educativo y cultural
- Economía laboral