MALICIOUS ACCUSATION OR DENOUNCE: ¿IS THERE A VIOLATION OF THE HONOR OR AN INFRINGEMENT ON THE EFFECTIVE JUDICIAL PROTECTION? IF THERE IS A VIOLATION OF A RIGHT, ¿DOES THE VICTIM HAVE RESPONSABILITY?


Abstract:

La calificación de la denuncia como maliciosa, cuando la o el Fiscal ha solicitado el archivo de la investigación es un exceso legislativo. Esto debido a que cuando el legislador ecuatoriano sanciona la actitud maliciosa del denunciante o del acusador particular se está refiriendo a la falsa imputación de un delito. Sin embargo, no sanciona la conducta que atenta con el derecho al honor y al buen nombre, sino la tutela judicial efectiva, por lo tanto, la convierte en una infracción de ejercicio público de la acción. En un sistema procesal acusatorio, el ejercicio público de la acción es de atribución única y exclusiva de la Fiscalía. De modo que, mientras no se imputa a una persona (formulación de cargos) no hay afección al derecho porque existe la reserva de la investigación, cuyo quebranto conlleva un delito.

Año de publicación:

2018

Keywords:

    Fuente:

    rraaerraae

    Tipo de documento:

    Article

    Estado:

    Acceso abierto

    Áreas de conocimiento:

    • Derechos humanos

    Áreas temáticas:

    • Derecho constitucional y administrativo
    • Derecho penal
    • Criminología