Medidas socioeducativas no privativas y privativas de libertad del adolescente infractor de acuerdo a la legislación ecuatoriana.
Abstract:
Con seguridad manifiesto que los niños niñas-adolescentes son el futuro de nuestra nación y del mundo, Dios me permitió ser madre por lo que he experimentado cosas maravillosas con mis hijos, con tristeza he observado que otros adolescentes no tuvieron la misma suerte de contar con padres que por diferentes razones no guiaron sus vidas para que sean personas que aporten buenas ideas en la construcción de una mejor sociedad y país. Razones que me motivaron a investigar y desarrollar el tema para trabajo de titulación: MEDIDAS SOCIOEDUCATIVAS NO PRIVATIVAS Y PRIVATIVAS DE LIBERTAD DEL ADOLESCENTE INFRACTOR DE ACUERDO A LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA. Art.-319 Código de la Niñez y Adolescencia, Libro quinto, Título I, Capítulos I, II, III y IV. La Constitución de la República del Ecuador del 2008, el Código de la Niñez y Adolescencia, el código Orgánico integral penal, garantizan los derechos de los menores de edad por ser estos vulnerables. Cuando un adolescente es declarado responsable por la autoridad judicial en un hecho tipificado como infracción, con sentencia ejecutoriada, es obligatorio su cumplimiento, lo que resulta muy dolorosa esta etapa para el adolescente infractor, siendo fundamental la presencia permanente de sus padres, de las autoridades educativas y amigos, con la finalidad de que lo ayuden a mejorar su conducta y se reinserte sin ningún inconveniente en la sociedad, debiendo además compensar o reparar o el daño causado a la víctima.
Año de publicación:
2017
Keywords:
- LEGISLACION ECUATORIANA
- Derecho penal
- Medidas Socioeducativas
- Sentencia
- SOCIEDAD
- Adolescentes Infractores
Fuente:

Tipo de documento:
Other
Estado:
Acceso abierto
Áreas de conocimiento:
- Pedagogía
Áreas temáticas:
- Derecho militar, fiscal, mercantil e industrial
- Derecho penal
- Criminología