Procedimiento para la sustanciación de la acción denulidad del laudo arbitral en el Ecuador.
Abstract:
El Arbitraje se presenta como un método alternativo de solución de conflicto diferenciándose así de la justicia ordinaria. Las partes conocen con antelación al procedimiento arbitral las reglas por las cuales se rige. Por esto, las partes conocen la inapelabilidad del laudo arbitral; a diferencia de lo que sucede con la sentencia de primera instancia obtenida en un proceso de conocimiento. El laudo arbitral, es inapelable y solo es susceptible de los recursos horizontales de aclaración y ampliación. La ley de Arbitraje y Mediación dispone que en caso de ser inválido el laudo arbitral; las partes puede ejercer la acción de nulidad. El art. 31 de la Ley de Arbitraje y Mediación establece breves reglas procedimentales sobre la sustanciación de esta acción. Además, en la LAM se dispone que las reglas de la ley procesal ordinaria son aplicables en lo no descrito por la misma. Por lo anterior, desde la creación de la LAM ha existido controversia acerca de cuáles son las reglas de la ley procesal ordinaria que puede aplicarse a la acción de nulidad.
Año de publicación:
2018
Keywords:
- Laudo Arbitral
- Arbitraje
- ECUADOR
- ACCIÓN DE NULIDAD
- Casación
- Apelacion
Fuente:
Tipo de documento:
Other
Estado:
Acceso abierto
Áreas de conocimiento:
Áreas temáticas:
- Procedimiento y tribunales
- Derecho
- Derecho privado