Representaciones que el Ilmo. Señor Obispo de Ibarra Federico González Suárez ha dirigido al supremo gobierno con motivo de la ley llamada de Patronato [Folleto].
Abstract:
Un compatriota vuestro, un ciudadano ecuatoriano, un Obispo católico, acude á vosotros y os pide que le prestéis atención por unos pocos instantes, mientras somete á vuestro ilustrado criterio las consideraciones siguientes. El régimen de la dictadura pasó : ahora estamos bajo un régimen constitucional, y tanto el Poder Ejecutivo como el Poder Legislativo han dejado de ser poderes discrecionales, para ser poderes limitados por la Constitución vigente y ceñidos por las prescripciones legales de la Carta fundamental del Estado. Habéis sido elegidos mediante una ley positiva: os comprometisteis por vüestra palabra de honor á observar la Constitución y las leyes, y, previa esa promesa solemne, comenzasteis á ejercer vuestras atribuciones de legisladores: vuestro poder tiene, pues, un límite, y de ahí no podéis pasar sin violar la Constitución de la República. La aprobación de la Ley de Patronato, en cuya discusión os estáis ocupando, sería una manifiesta violación de la Constitución vigente, cuya observancia os obliga no sólo por vuestra promesa, no sólo por vuestra palabra de honor, sino también por vuestra condición de ciudadanos de un país republicano, que se cuenta, con razón, entre los países civilizados.
Año de publicación:
1899
Keywords:
- INSTITUCIONES RELIGIOSAS
- Clero
- ECUADOR
- Legislación
- LEY DE PATRONATO (ECUADOR)
Fuente:

Tipo de documento:
Other
Estado:
Acceso abierto
Áreas de conocimiento:
Áreas temáticas:
- Teología social y relaciones interreligiosas
- Iglesia católica romana
- Derecho laboral, social, educativo y cultural