Análisis en derecho comparado para la adopción de personas de 18 años.
Abstract:
La adopción en el Ecuador siempre ha sido exclusiva para personas menores de 18 años; son cuatro las excepciones que permite el artículo 157 del Código de la Niñez, para adoptar a quienes hayan cumplido 18 años, pero en ningún caso se podrá adoptar a personas mayores de 21 años. En todos los casos el procedimiento para la adopción comprende fase administrativa y judicial. En Perú, es permitida la adopción de personas mayores de 18 años, con la gran diferencia que este procedimiento se rige con el Código Civil y Código Procesal Civil, siendo este rápido y eficaz porque cuenta con procedimiento, efectos y requisitos propios del mismo, lo que no sucede en la legislación ecuatoriana. Esta investigación se desarrolla bajo el paradigma cualitativo, con alcance descriptivo y exploratorio, empleando métodos histórico, deductivo, análisis documental, exegético desde una perspectiva teórica doctrinaria, con análisis jurídico comparado; la entrevista y bibliográfica fueron las técnicas utilizadas, apoyadas respectivamente con la guía de entrevista y fichas bibliográficas. Se pudo concluir que es necesario tener un procedimiento ágil sobre la adopción para las personas mayores de 18 años.
Año de publicación:
2022
Keywords:
Fuente:

Tipo de documento:
Other
Estado:
Acceso abierto
Áreas de conocimiento:
- Derecho comparado
Áreas temáticas:
- Derecho
- Derecho privado
- Problemas sociales y servicios a grupos