Análisis en derecho comparado para la adopción de personas de 18 años.


Abstract:

La adopción en el Ecuador siempre ha sido exclusiva para personas menores de 18 años; son cuatro las excepciones que permite el artículo 157 del Código de la Niñez, para adoptar a quienes hayan cumplido 18 años, pero en ningún caso se podrá adoptar a personas mayores de 21 años. En todos los casos el procedimiento para la adopción comprende fase administrativa y judicial. En Perú, es permitida la adopción de personas mayores de 18 años, con la gran diferencia que este procedimiento se rige con el Código Civil y Código Procesal Civil, siendo este rápido y eficaz porque cuenta con procedimiento, efectos y requisitos propios del mismo, lo que no sucede en la legislación ecuatoriana. Esta investigación se desarrolla bajo el paradigma cualitativo, con alcance descriptivo y exploratorio, empleando métodos histórico, deductivo, análisis documental, exegético desde una perspectiva teórica doctrinaria, con análisis jurídico comparado; la entrevista y bibliográfica fueron las técnicas utilizadas, apoyadas respectivamente con la guía de entrevista y fichas bibliográficas. Se pudo concluir que es necesario tener un procedimiento ágil sobre la adopción para las personas mayores de 18 años.

Año de publicación:

2022

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    Tipo de documento:

    Other

    Estado:

    Acceso abierto

    Áreas de conocimiento:

    • Derecho comparado

    Áreas temáticas:

    • Derecho
    • Derecho privado
    • Problemas sociales y servicios a grupos