Análisis jurídico del décimo cuarto sueldo como pensión alimenticia adicional, a los obligados en relación de dependencia.


Abstract:

El décimo cuarto sueldo o más conocido como bono escolar, rubro utilizado para gastos escolares de inicio de clases, este beneficio acarreado varios problemas a los obligados que deben cancelar dicho valor, ya que el artículo 18, del Reglamento del Sistema Integral de Pensiones Alimenticias de la Función Judicial, establece que el alimentante debe cancelar una pensión alimenticia adicional en el mes de septiembre en la región sierra y en la región costa en el mes de abril. Los alimentantes que trabajan bajo relación de dependencia reciben únicamente un salario básico adicional es decir USD 386,00 trescientos ochenta y seis dólares americanos, por lo tanto, en muchas ocasiones no es un valor igual al de la pensión que consignan mensualmente. Esto genera una descompensación económica a los obligados(as), ya que la idea central objeto de estudio es determinar el valor justo y exacto que debe ser cancelado. Este tipo de vacíos legales y contradicciones, no solo afecta el sistema de aplicabilidad de la norma, sino que deja sin efecto los principios de proporcionalidad, economía procesal, celeridad, por lo cual se puede mejorar reformando la norma. La investigación permitirá conocer la realidad jurídica actual de los obligados(as), y a través de estas características se tomarán acciones afirmativas a fin de prevalecer tanto el interés superior del menor, como los derechos del alimentante.

Año de publicación:

2018

Keywords:

  • MANUTENCIÓN DEL MENOR
  • PENSIONES ALIMENTICIAS
  • DÉCIMO CUARTO SUELDO
  • LEGISLACION ECUATORIANA
  • Relacion De Dependencia
  • Derecho De Alimentos

Fuente:

rraaerraae

Tipo de documento:

Other

Estado:

Acceso abierto

Áreas de conocimiento:

    Áreas temáticas:

    • Derecho laboral, social, educativo y cultural
    • Derecho privado
    • Economía laboral