Análisis jurídico del proceso de reactivación de las compañías por el dominio de bienes inmuebles posterior a su disolución, liquidación y cancelación de la compañía en el registro mercantil


Abstract:

El tema investigado concerniente al "Análisis jurídico del proceso de reactivación de las compañías por el dominio de bienes inmuebles posterior a su disolución, liquidación y cancelación de la compañía en el registro mercantil". Corrientemente trata de temas puntuales, disolución como equivalente de extinción, sin atender a su significado gramatical; destrucción del vínculo social y desintegración inmediata y necesaria del ente. Algunos tratadistas opinan que la disolución produce la muerte de la sociedad, pero realmente no desaparece porque sobrevive mientras dura la liquidación. Si una sociedad se disuelve subsistirá mientras se efectúa la liquidación y se reparte el activo y el pasivo entre los socios. Además que nuestra ley de compañías específicamente fundamenta en el Art. 405.- El Superintendente de Compañías, sin ningún otro trámite, podrá ordenar la cancelación de la inscripción en el Registro Mercantil, de las compañías cuya disolución hubiere sido declarada, por lo menos con cinco años de anterioridad al 29 de junio de 1989, no expresa que las sociedades disueltas se consideren como subsistentes mientras se liquida la compañía, para que los socios se repartan el activo y el pasivo. El verbo disolución, no tiene más acepción que, desatarse, deshacerse, disgregarse y dispersarse, y que, por tanto, si la sociedad forma una persona jurídica, distinta de los demás socios individualmente considerados, cuando estos, por ministerio de la ley, quedan desatados, no puede subsistir la sociedad y que por esto, cuando esta se disuelve, se procede a dividir lo que fue su patrimonio. Si la disolución de la sociedad, como lo creen los autores cuyos conceptos se han transcrito, rompiera definitivamente la persona jurídica formada por ella, su patrimonio quedaría indudablemente por el mismo hecho, en común entre los socios, quienes estarán ligados únicamente por el vínculo del cuasi contrato de sociedad. Ahora, para llegar al conocimiento de que la personalidad jurídica de las sociedades no deja de existir del todo por su disolución, basta atender a la ley misma que las crea.

Año de publicación:

2012

Keywords:

  • REGISTRO MERCANTIL
  • Propiedad Intelectual
  • Registro de la propiedad
  • Superintendencia De Compañias

Fuente:

rraaerraae

Tipo de documento:

Bachelor Thesis

Estado:

Acceso abierto

Áreas de conocimiento:

    Áreas temáticas:

    • Derecho privado
    • Derecho militar, fiscal, mercantil e industrial