Control previo de constitucionalidad de los tratados internacionales que no requieran aprobación legislativa
Abstract:
Este ensayo académico desarrolla el problema jurídico del control previo de constitucionalidad de los tratados internacionales que no requieren aprobación legislativa en la legislación ecuatoriana. La Constitución ecuatoriana distingue a los tratados que requieren aprobación legislativa, enumerados en el artículo 419 de los que no requieren aprobación legislativa. Los instrumentos internacionales que requieren aprobación legislativa, se los privilegia con un control previo y vinculante de constitucionalidad, mientras que, los que no requieren aprobación legislativa no tienen este control constitucional. El dictamen previo y vinculante de constitucionalidad de los tratados internacionales es la herramienta adecuada para se protejan y garanticen los principios pacta sunt servanda y de supremacía constitucional. Un control constitucional integral también propiciará una política exterior seria y sensata.
Año de publicación:
2016
Keywords:
- CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
- TRATADOS INTERNACIONALES
- DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
- DERECHO CONSTITUCIONAL
Fuente:

Tipo de documento:
Bachelor Thesis
Estado:
Acceso abierto
Áreas de conocimiento:
Áreas temáticas de Dewey:
- Derecho constitucional y administrativo
- Relaciones internacionales
- Derecho de naciones